¿Qué deben saber los EMPLEADORES para regresar al sector productivo en COVID-19?
- Meraky
- 18 may 2020
- 1 Min. de lectura
Actualizado: 15 jun 2020

Para dar paso al retorno progresivo el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 666, el 24 de abril de 2020 emitió el protocolo de general de bioseguridad para mitigar y controlar el impacto del Covid-19, que debe ser adaptado por cada sector.
Qué sectores están exentos de esta norma: Sector Salud
Quien vigila: La vigilancia y cumplimiento estará a cargo de la secretaría municipal o distrital o la entidad que haga sus veces según la actividad y el sector al cual pertenezca su actividad.
Ámbito de aplicación: Empleadores y trabajadores del sector público y privado, aprendices, cooperados de cooperativas y precooperativas de trabajo asociado, afiliados partícipes y contratistas.
Los empleadores deberán apoyarse en sus administradoras de riesgos laborales ARL en materia de identificación, valoración del riesgo, en conjunto con las EPS en lo que respecta a actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, de igual manera deberán:
· Establecer estrategias que garanticen distanciamiento social.
· Establecer adecuados procesos de higiene, protección en el trabajo y manejo de residuos
· Capacitar a sus trabajadores y contratistas sobre las medidas indicadas en este protocolo.
· Propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa, flexibilizar turnos y horarios de trabajo.
· Reportar a la EPS y a la ARL los casos sospechosos y confirmados de Covid-19.
· Proveer los elementos de protección personal que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales.
· Promover el uso de la aplicación CoronApp para registrar el estado de salud de los trabajadores.
Consulte el texto competo de la Resolución 666 24 del 24 de abril de 2020 en el siguiente enlace: https://id.presidencia.gov.co/Documents/200424-Resolucion-666-MinSalud.pdf
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