¿Qué deben saber los TRABAJADORES para el retorno progresivo al sector productivo en Covid-19?
- Meraky
- 29 may 2020
- 1 Min. de lectura
Actualizado: 15 jun 2020
Para dar paso al retorno progresivo el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 666, el 24 de abril de 2020 emitió el protocolo de general de bioseguridad para mitigar y controlar el impacto del Covid-19, que debe ser adaptado por cada sector.

Qué sectores están exentos de esta norma: Sector Salud
Quien vigila: La vigilancia y cumplimiento estará a cargo de la Secretaría Municipal, Distrital o la entidad que haga sus veces según la actividad y el sector al cual pertenezca su actividad.
Ámbito de aplicación: Empleadores y trabajadores del sector público y privado, aprendices, cooperados de cooperativas y precooperativas de trabajo asociado, afiliados partícipes y contratistas.
Su empleador debe garantizar que:
Los espacios de trabajo permanezcan en óptimo estado de higiene y seguridad, debe establecer métodos de trabajo con riesgos mínimos para la salud, de igual manera suministrar capacitación y elementos de protección personal para el trabajo, flexibilizar turnos y horarios de trabajo todo lo anterior con el fin de garantizar métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud dentro del proceso de producción.
Usted como trabajador deberá aplicar:
· Distanciamiento social
· Lavado de manos
· Higiene respiratoria
· Uso de tapabocas y elementos de protección personal EPP.
· Cumplir los protocolos de bioseguridad establecidos por su empleador.
· Reportar al empleador cualquier caso de contagio en su familia o lugar de trabajo.
· Adoptar medidas de cuidado de su salud e informar al empleador en caso de padecer síntomas de Covid-19.
· Registrarse en la aplicación CoronApp
Consulte el texto competo de la Resolución 666 24 del 24 de abril de 2020 en el siguiente enlace: https://id.presidencia.gov.co/Documents/200424-Resolucion-666-MinSalud.pdf. .
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